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Conoce cómo postular al Subsidio de Arriendo para Personas Mayores y Personas con Discapacidad

El Ministerio de Vivienda y Urbanismo (Minvu) abrió la postulación al Subsidio de Arriendo para Personas Mayores y Personas con Discapacidad, un beneficio que permite cubrir entre un 90% y un 95% del valor del arriendo, dependiendo del Registro Social de Hogares (RSH) de la persona que lo obtiene.

De esta forma, las personas beneficiarias pagarían entre el 5% y el 10% del arriendo mensual, es decir, si el arriendo tiene un valor de $200 mil, el subsidio cubre entre $180 mil y $190 mil, por lo que se deberá pagar entre $10 mil y $20 mil al mes.

Además, se considera el aporte de un monto único adicional de 1 UF ($37.570 aproximadamente) para financiar los gastos para la formalización del contrato (certificado y gastos notariales).

A continuación, presentamos los detalles importantes a considerar al momento de postular.

¿A quién está dirigido?

El subsidio está dirigido a personas con discapacidad y personas mayores que no cuenten con una vivienda definitiva ni cuenten con los ingresos suficientes para el pago de un arriendo.

Desde Minvu anunciaron que este beneficio beneficiará a 4 mil personas a nivel nacional, de las cuales 660 serán personas con discapacidad. 

¿Cuál es el plazo de postulación?

El postulación se realiza hasta el 30 de agosto de 2024, a través del sitio web arriendoenlinea.minvu.cl usando la Clave Única o de forma presencial en las oficinas del Servicio de Vivienda y Urbanización (Serviu) disponibles a lo largo del país. 

¿Cuáles son los requisitos para postular?

  • Ser una persona con discapacidad inscrita en el Registro Nacional de la Discapacidad o ser una persona mayor, de 60 o más años al momento de postular o cumplirlos durante este año. 
  • Pertenecer hasta el 70% del RSH.  
  • Acreditar un ingreso mínimo de 5 UF ($187.000 pesos aproximadamente). Equivale a la pensión asistencial vigente, que sirve como base para acreditar ingresos y cálculo del copago.

¿Existen otras consideraciones que se deben tener en cuenta?

  • No requiere contar con un ahorro mínimo.
  • Se otorga puntaje adicional por edad y discapacidad.
  • Se otorga puntaje adicional para las personas que sean o tengan en su núcleo familiar la calidad inscrita en el RSH de “persona cuidadora”.
  • Se puede postular sin núcleo familiar.
  • Pueden postular personas actualmente arrendatarias o que necesitan buscar una vivienda para arrendar. No requiere estar actualmente arrendando una vivienda. 

¿Qué otra facilidad da este subsidio?

  • Estar postulando, simultáneamente, al Fondo Solidario de Elección de Vivienda (DS49).
  • Que la persona postulante, su cónyuge o alguien de su núcleo familiar tenga derecho en comunidad sobre una vivienda.
  • Haber obtenido una vivienda o subsidio habitacional, siempre y cuando ya no sean propietarias de la vivienda.
  • Haber sido beneficiaria de un subsidio de arriendo en llamados anteriores, si el beneficio se encuentra caducado y sin deuda vigente.

¿Cuál es el valor máximo de arriendo de la vivienda que permite este subsidio?

Se puede arrendar una vivienda cuyo valor de arriendo mensual no exceda las 11 UF ($413.000 pesos aproximadamente).

Para las comunas de las regiones de Arica y Parinacota, Tarapacá, Antofagasta, Atacama, Metropolitana, Aysén y Magallanes se permite un valor máximo de arriendo de 13 UF ($488.000 pesos aproximadamente)

¿Cómo se asignan los montos del Subsidio de Arriendo?

Los montos totales de subsidio que se otorgarán se definen conforme al porcentaje del RSH acreditado al momento de postular.

La cobertura máxima del subsidio según el porcentaje del RSH será la siguiente: 

  • Para personas que están dentro del 40% en el RSH, les corresponde una cobertura máxima del subsidio del 95% (213 UF como monto del subsidio total).
  • Para personas que están dentro del 50% en el RSH, les corresponde una cobertura máxima del subsidio del 93% (209 UF como monto del subsidio total).
  • Para personas que están dentro del 60% en el RSH, les corresponde una cobertura máxima del subsidio del 92% (207 UF como monto del subsidio total).
  • Para personas que están dentro del 70% en el RSH, les corresponde una cobertura máxima del subsidio del 90% (202 UF como monto del subsidio total).

Crédito de la imagen: Freepik.

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