Este sábado, 24 de agosto de 2024, se publicó en el Diario Oficial la Ley Nº21.690 Introduce Modificaciones al Código del Trabajo y Otros Cuerpos Legales en Materia de Inclusión Laboral de Personas con Discapacidad y Asignatarias de Pensión de Invalidez, que en simple es la modificación de la Ley de Inclusión Laboral.
La publicación en el Diario Oficial significa que esta ley entró en vigencia y comienzan a correr los plazos señalados en el texto desde hoy.
La Ley Nº21.690 fue promulgada por el Presidente Gabriel Boric, el pasado miércoles 14 de agosto, según señala el documento.
Dentro de la modificaciones que incorpora la ley están:
- Aumenta de 1% a 2% la cuota de contratación de personas con discapacidad o asignatarias de una pensión de invalidez en empresas de 100 o más trabajadoras y trabajadores, así como también en instituciones públicas de 100 o más funcionarias y funcionarios.
- Modifica el régimen de multas aplicables para el sector privado ante el incumplimiento de las obligaciones contempladas en la Ley de Inclusión Laboral.
- Refuerza la regulación de las medidas subsidiarias de cumplimiento de la ley en el sector privado, a fin de velar porque éstas promuevan efectivamente la inclusión laboral.
- Contempla recursos para la contratación de personal en la Dirección del Trabajo (18 nuevos fiscalizadoras y fiscalizadores), a fin de relevar la fiscalización y aplicación de multas en las empresas por incumplimiento de la Ley de Inclusión Laboral.
Se puede revisar más detalles de las modificaciones en nuestra nota publicada en junio de 2024:
Además, se puede acceder al texto publicado hoy en el sitio web del Diario Oficial.